¿De qué se trata Nueva ley antiokupas? Estas son las ventajas que debes conocer
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Así, pasarían de los dos años actuales a tres años de condena cuando la usurpación ilegal de la vivienda se haya realizado con violencia e intimidación. La nueva legislación también establece penas para aquellos que alientan o fomentan la ocupación ilegal.
El primer caso abarca dos posibles situaciones: ocupar un inmueble o usurpar un derecho inmobiliario de otra persona mediante violencia o intimidación, o ingresar sin autorización a un inmueble, vivienda o edificio que no sea morada, permaneciendo allí en contra de la voluntad del propietario.
El segundo caso implica que una persona entre o permanezca en la morada de otro sin habitar en ella y contra la voluntad del residente, pudiendo realizar estas acciones también con violencia o intimidación.
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La diferencia entre ambos delitos radica en que, en el caso de la usurpación, se salvaguarda la propiedad privada, mientras que, en el allanamiento de morada, el bien jurídico protegido es la inviolabilidad del hogar. Además, en ambos casos las penas son diferentes.